BASES LEGALES

Bases legales de la promoción “Hoy Alexa te ayuda a cocinar”

Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la promoción Hoy Alexa te ayuda a cocinar” (en adelante, “La Promoción”), mediante la que los participantes que cumplan con la mecánica establecida en las presentes bases podrán ganar el premio que se detalla en el punto quinto de las mismas.

Primera. – Compañía organizadora

La Promoción es responsabilidad de la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola (en adelante, “INTERCUN”), asociación sin ánimo de lucro domiciliada en C/Agustín de Betancourt, 17, planta 6, 28003, Madrid, y provista de CIF G20712428, y será gestionada por NO TE RINDAS, S.L., sociedad de nacionalidad española con domicilio en C/Angustias 32, 1.º B, 47003, Valladolid, y CIF B47761853 (en adelante, “MARKNIAC”).

Segunda. – Fechas de celebración

La fecha de comienzo de la “La Promoción” será el día 14 de febrero de 2023 y la finalización el día 23 de febrero a las 23:55 (horario peninsular español), ambas fechas incluidas (en adelante, el “Periodo Promocional”).

Las participaciones realizadas fuera del Periodo Promocional no serán tenidas en cuenta.

Si por causas de fuerza mayor o motivos justificados fuera necesario para INTERCUN aplazar, modificar, anular o repetir la Promoción, este hecho será anunciado por los mismos medios que las presentes bases legales.

Tercera. – Requisitos de participación

Podrán participar en “La Promoción” todas aquellas personas físicas, mayores de edad, residentes en España, que tengan al menos una (1) cuenta de Instagram, Facebook y/o Twitter y cumplan con la mecánica definida en el punto cuarto de las presentes bases durante Periodo Promocional, (en adelante, “Los Participantes).

Queda excluido de la participación todo el personal de “INTERCUN” y MARKNIAC”, así como los familiares de primer grado de consanguinidad de todos ellos.

Cuarta. – Mecánica de la Promoción

La mecánica de participación para Instagram, Facebook y Twitter es la siguiente (en adelante, “la Mecánica):

    • Pulsar “Like” o “Me gusta” en la publicación que comunica “La Promoción”.
    • Seguir al perfil @carnedeconejoeu en Instagram, @CarnedeConejoEU en Facebook y/o @CarnedeConejoEU en Twitter para participar en las respectivas redes sociales.
    • Hacer al menos un (1) comentario y mencionar al menos a dos (2) personas.
    • No hay límite de participaciones para cada Participante.
    • Para que sean válidas varias participaciones por parte de un mismo Participante, será condición necesaria etiquetar a personas diferentes en cada  En el caso de que un mismo Participanteparticipe en repetidas ocasiones etiquetando a la misma persona, solo se tomará como válida la participación con la primera mención de cada persona etiquetada por ese mismo participante.
    • Para que la participación sea válida la/s persona/s etiquetada/s por cada Participanteno podrán ser perfiles falsos o perfiles de personajes públicos.
    • “La Promoción” será de carácter gratuito, no suponiendo un coste económico directo para los Participantes.
    • Ni Twitter ni Instagram ni Facebook organizan y/o participan de ninguna manera en “La Promoción”.
    • La no aceptación de todo o parte del contenido de las bases supondrá la exclusión de “Los Participantes en “La Promoción”.

    Quinta. – Premios

    El premio consistirá en un (1) Echo Dot (3.ª generación) – Altavoz inteligente con Alexa

    (En adelante, “El Premio”)

      • “El Premio” se sorteará entre todos los participantes de Instagram, Facebook, y Twitter respectivamente.
      • “El Premio” está limitados a uno (1) por ganador.
      • “El Premio” no podrá canjearse por otro distinto ni por otros bienes o servicios, ni se podrá solicitar su reembolso en metálico o de cualquier otra forma.
      • “El Premio” será entregados al ganador a la dirección de correo postal que haya proporcionado en la puesta en contacto por parte de MARKNIAC” a través de servicio de paquetería, cuyos gastos de envío corren a cargo de “INTERCUN”

    Sexta- Ganadores

      • De entre todos “Los Participantes que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases legales se seleccionará un ganador (En adelante, “El Ganador”)
      • Se establecen dos (2) suplentes para sustituir a “El Ganador” en el caso de que este no cumpla con lo establecido en las presentes bases, rechace “El Premio”, o no responda a “MARKNIAC” en el momento de la puesta en contacto (En adelante, “Los Suplentes”)
      • En el caso de que ni “El Ganador” ni “Los Suplentes” cumplan con lo establecido en las presentes bases o rechacen el premio, este quedará desierto.
      • “El Ganador” será seleccionado el día 24 de febrero de 2023, a través de un software que extraerá al azar al ganador y a los suplentes de entre todos los Participantes que cumplan con todas las condiciones establecidas en las presentes bases.
      • En el caso de que “El Ganador” haya realizado cualquier tipo de manipulación o estafa para conseguir el premio, quedará descalificado y se pasará a “Los Suplentes”.
      • “El Ganador” acepta, al recibir el premio, todas las condiciones descritas en las presentes bases.
      • “El Ganador” se hará cargo de las cantidades que de acuerdo con la normativa fiscales pudieran corresponder en cada momento con ocasión de la aceptación del premio objeto de “La Promoción”.
      • “MARKNIAC”, en nombre de “INTERCUN”, contactará con “El Ganador” desde la plataforma en la que haya resultado ganador, en el plazo máximo de 48 horas desde la celebración del sorteo.

    En el caso de Instagram y Twitter se enviará un mensaje privado a “El Ganador”, mientras que en el caso de Facebook se publicará el nombre de “El Ganador” en el muro de @CarnedeConejoEU y será “El Ganador” quien deberá contactar con @CarnedeConejoEU para facilitar los datos requeridos para obtener el premio.

      • En ese momento, “El Ganador” ha de facilitar su nombre, apellidos, DNI, teléfono, dirección de e-mail y dirección postal a la que realizar el envío de “El Premio”.
      • La recepción de estos datos deberá llevarse a cabo en un plazo máximo de 24 horas tras la puesta en contacto con “El Ganador”. Si en el plazo de veinticuatro (24) horas siguientes a contar desde la primera comunicación con “El Ganador, este no respondiera a la aceptación del premio, seentenderá que el concursante ha rechazado el premio y se pasará al primer Suplente”.
      • Se publicará “El Ganador” por Instagram, Facebook y Twitter, en un periodo máximo de diez (10) días hábiles tras finalizar “El Periodo Promocional”

    “INTERCUN” se reserva el derecho a comunicar en sus instalaciones, su página web, o sus cuentas de redes sociales el nombre y la imagen del ganador, pudiendo utilizarlo con fines publicitarios, tal y como se describe en la cláusula octava.

    ptima. – Responsabilidad

    En el caso de que, por causas de fuerza mayor o por cualquier otra razón justificada, no pudiera hacerse entrega del premio descrito, “INTERCUN” se compromete a sustituirlo por otro de similares características y de igual o mayor valor.

    “INTERCUN” no será en ningún caso responsable de los daños, de cualquier naturaleza, directos, indirectos y/o circunstanciales, ya sean inmediatos o diferidos, que pudieran sufrir los ganadores con ocasión o como consecuencia del disfrute del premio.

    Octava. – Derechos de imagen

    Por medio de la aceptación de las presentes bases, el ganador consiente y autoriza expresamente a “INTERCUN” a captar de forma no exclusiva su imagen, tanto mediante foto fija como mediante su grabación audio y/o audiovisual, así como a utilizar y difundir su nombre y apellidos, y consiente y acepta la cesión a “INTERCUN” de todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos pero no limitados a reproducir, distribuir, transformar, comunicar públicamente, fijar y poner a disposición dichas imágenes captadas, en cualquier actividad interna o externa de carácter publicitario y/o promocional relacionada con la presente Promoción, todo ello en cualquier formato o medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a través de medios analógicos o digitales e Internet) en la actualidad (online u offline) o los que pudieran desarrollarse en el futuro, sin que dicha utilización le confiera ningún tipo de derecho a remuneración o beneficio alguno (a excepción de la entrega del premio ganado conforme a estas bases).

    La presente autorización y cesión no se circunscribe a un ámbito temporal o territorial determinado, por lo que “INTERCUN” podrá utilizar las imágenes, o parte de las mismas, en todos los países del mundo sin limitación geográfica de ninguna clase y con la máxima extensión permitida en la legislación vigente.

    Novena. – Aceptación de las bases

    La participación en la promoción supone la aceptación en su totalidad de las presentes bases, que podrán ser consultadas por los Participantes en https://elsecretoescarnedeconejo.eu/

    “INTERCUN” se reserva el derecho de excluir de la Promoción justificadamente a cualquier Participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal de la presente Promoción, así como la resolución de cualquier controversia o duda derivada de la presente actividad promocional.

    Asimismo, “INTERCUN” se reserva, siempre que redunde en el buen fin de la Promoción y no sea contrario a la ley, el derecho a modificar las bases en cualquier momento si las circunstancias así lo requirieran. La modificación se anunciará y entrará en vigor a partir de la fecha de su anuncio, sin que los Participantes puedan realizar reclamación alguna a “INTERCUN”.

    Décima. – Responsabilidad de la compañía organizadora 

    “INTERCUN” queda exonerada de toda responsabilidad en los siguientes supuestos:

      • Por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la 
      • La imposibilidad de expedir los premios o disfrutar de los mismos por causas de fuerza mayor o causas ajenas a la voluntad de “INTERCUN”
      • La no expedición de premios por no reunirse los requisitos necesarios o por existir alguna causa que así lo aconseje o justifique.
      • “INTERCUN” pretende que la competición entre los distintos Participantes en la promoción se realice con igualdad de oportunidades y con estricto respeto a las normas de buena fe. Por tanto, cualquier utilización de estas bases que, a juicio de “INTERCUN”, sea abusiva o fraudulenta dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en el concurso.
      • “INTERCUN” queda eximida de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios participantes que impidiera su identificación.
      • “INTERCUN” queda eximida de cualquier responsabilidad en el caso de falta temporal de disponibilidad o continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se participa en el concurso, la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieran podido atribuir a los mismos y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso y/o el mal funcionamiento de Internet y/o de Instagram y/o Twitter y/o Facebook, problemas de transmisión y/o pérdida del correo electrónico que impidan el normal desarrollo de la Promoción.
      • “INTERCUN” no será responsable de los retrasos, las pérdidas o los deterioros por causas que no le sean imputables. “INTERCUN” tampoco responderá de los casos de fuerza mayor que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial del premio.

    Décimo primera. – Protección de datos

    De conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de protección de datos vigente en la actualidad, por medio de las presentes bases, el Participante queda informado de que los datos personales que facilite voluntariamente a “INTERCUN” serán tratados por “INTERCUN” como responsable del tratamiento con la finalidad de gestionar su participación en la Promoción.

    La base jurídica del tratamiento de sus datos es el consentimiento que el Participante otorga expresamente al participar en la Promoción. Los datos personales que el Participante facilite se conservarán durante el plazo necesario para el cumplimiento de las finalidades descritas, así como, en su caso, de las obligaciones contractuales y la reclamación de las responsabilidades legales pertinentes. En ningún caso los datos serán transferidos fuera del Espacio Económico Europeo ni comunicados a terceros. Los datos personales de los Participantes serán tratados por MARKNIAC como encargado del tratamiento con el único fin de gestionar la Promoción.

    Los Participantes deberán notificar a “INTERCUN” cualquier modificación que se produzca en los datos facilitados, respondiendo en cualquier caso de la veracidad y exactitud de los datos suministrados en cada momento. “INTERCUN” se reserva, sin perjuicio de otras acciones que pudieran corresponderle, el derecho a dar de baja a aquellos Participantes que faciliten datos falsos o incompletos.

    Asimismo, los Participantes quedan informados de su derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, así como su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, y a oponerse al mismo, y de su derecho a la portabilidad de sus datos, que podrá ejercitar mediante escrito dirigido a “INTERCUN” en la dirección que figura al inicio de las presentes bases. Asimismo, los Participantes tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es), si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.

    cimo segunda. – . Legislación aplicable y jurisdicción

    Las presentes bases se rigen por la legislación española. La participación en esta Promoción implica la aceptación de estas bases en su totalidad, por lo que cualquier manifestación en el sentido de no aceptar las mismas implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, “INTERCUN” quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.

    Para cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes bases, tanto “INTERCUN” como los Participantes en esta Promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de Madrid, excepto en los casos en los que dicha sumisión expresa resulte contraria a la normativa aplicable.